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InfoZOOS exige un control en los lugares en los que se entregan los animales decomisados

Según la legislación vigente una vez que un animal silvestre es decomisado por aduanas por tráfico ilegal, el mismo es entregado en un centro designado por las autoridades CITES administrativas (dependientes de MITERD) quedando bajo titularidad del estado. Actualmente el requisito legal exigible para que un centro pueda ser declarado Centro de Referencia CITES es que este centro se encuentre autorizado legalmente, como zoo en el caso de que reciba visitantes ajenos a las instalaciones o como núcleo zoológico en el caso de que no reciba público.

Desde InfoZOOS hemos solicitado a MITERD que de forma añadida se vigile que estos centros, además, presenten programas de conservación y supongan un aporte a la biodiversidad. Asimismo, hemos solicitado que no se entreguen animales a centros que utilizan a los mismos en actividades que poco, o nada, tienen que ver con la conservación de la biodiversidad como puede ser su alquiler para rodajes cinematográficos o cualquier tipo de espectáculo que implique un contacto directo entre animales y público.

Pensamos que no tiene ningún sentido que los animales decomisados por el Estado, y que por lo tanto hemos conseguido sacarlos de los circuitos comerciales, vuelvan de nuevo al movimiento comercial y se empleen en actividades lucrativas desvinculadas del sentido exclusivamente conservacionista que sí o sí debería practicar el centro que los acoge.

Además, la declaración de Centro de Referencia Cites puede implicar un reconocimiento y un apoyo explícito por parte del Ministerio a unas puras actividades comerciales con afán de lucro absolutamente vaciadas de contenido en conservación de especies.

Concretamente, y en relación con esta noticia, desde InfoZOOS se ha indicado a las autoridades CITES que este centro no es de ninguna manera un centro idóneo para ser declarado Centro de Referencia CITES. El centro alquila regularmente animales salvajes para rodajes cinematográficos. Siendo esta actividad comercial legal, se encuentra no obstante en las antípodas de una correcta y rigurosa política conservacionista y es contraproducente para la conservación de las especies.

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